Elecciones 2021: Herrera Ahuad encomendó al Tribunal Electoral y a los ministros de Gobierno y Salud, la elaboración de los protocolos para los comicios del 6 de junio
Mediante el decreto 100 con fecha del 1 de febrero, el gobernador de Misiones instruyó el esquema a tener en cuenta para el acto eleccionario. Se contempla la obligatoriedad del uso de barbijos o tapabocas, rigurosa limpieza y desinfección de los lugares de votación, estricto distanciamiento entre personas y organización de horarios y establecimientos “en pos de la mayor seguridad epidemiológica-sanitaria”.
En virtud del llamado a elecciones para el 6/6/21. Solicito al Tribunal Electoral protocolos adecuados y aumentar el número de escuelas afectadas, extender el horario y extremar normas bioseguridad para garantizar la salud de todos los ciudadanos. pic.twitter.com/mAAuughqFs
— Oscar Herrera Ahuad (@herrerayflia) February 1, 2021
El gobernador de Misiones formalizó mediante un decreto, lo que ya había adelantado el pasado lunes vía redes sociales. Después de oficializarse la fecha de elecciones legislativas, previstas para el 6 de junio, Herrera Ahuad pidió al Tribunal Electoral “protocolos adecuados y aumentar el número de escuelas afectadas, extender el horario y extremar normas de bioseguridad para garantizar la salud de los ciudadanos”.
Este miércoles, con la publicación en el boletín oficial y mediante el decreto 100, el jefe del Poder Ejecutivo provincial, encomendó “en el marco de la pandemia de coronavirus Covid 19, la elaboración de protocolos y procedimientos sanitarios aplicables al proceso de los comicios convocados por decreto 95, al Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones y a los ministros de Gobierno y Salud Pública, coordinadamente con sus respectivos ámbitos de competencia”.
En el decreto se aclara que, “deberán tenerse en cuenta los siguientes parámetros:
-la obligatoriedad de la utilización de barbijos y/o tapabocas
-la rigurosa limpieza y desinfección de los lugares afectados al comicio y proceso electoral.
-el estricto cumplimiento del distanciamiento entre personas.
-la maximización de los esfuerzos a los fines de optimizar la organización de los horarios y establecimientos para la emisión del sufragio, en pos de la mayor seguridad epidemiológica sanitaria.
El instrumento legal además instruye al ministerio de Educación, al Consejo General de Educación y demás dependencias y organismos del Poder Ejecutivo, “cuya colaboración resulte necesaria para el desarrollo del proceso electoral en un marco de seguridad epidemiológica, a prestar toda la colaboración que le fuera requerida por las autoridades electorales”.