25/11/2024
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Ley de Medicina Tradicional y Complementaria | “Misiones es la primera provincia en reconocer estas prácticas por ley”, destacó la diputada Rita Núñez

La diputada provincial, Rita Núñez, destacó la aprobación de la Ley de Medicina Tradicional y Complementaria, en la última sesión de la Cámara de Representantes de Misiones y subrayó que se trata de la primera norma nacional en ese sentido.

La legisladora, que integra el bloque del Frente Renovador de la Concordia, explicó que “se habla de medicina tradicional y complementaria, es decir que ninguna manera puede sustituir. Lo que nosotros charlamos con los operadores de salud es encontrar qué prácticas de la medicina complementaria y tradicional acompañan o ayudan por ejemplo en un proceso, por ejemplo de recuperación y paliativo”.

 

Núñez fundamentó que “los avances científicos hicieron que tal vez la medicina convencional tomara un rol protagónico por lo que quiere decir la ciencia. La ciencia lo que nos da es el método científico, la comprobación y esa casi certeza. La medicina tradicional y complementaria siempre estuvieron”. 

 

Para la legisladora, uno de los cambios sustanciales que llegarán con la aprobación de la ley, autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Rovira, será la intervención del ministerio de Salud Pública como autoridad de aplicación que “va determinar bajo qué condiciones los terapeutas que no sean médicos, pero que sean reikistas o que tengan la formación en las terapias complementarias, vayan a desempeñarse”.

Además, subrayó que gracias a un trabajo en conjunto, los ministerios, de Salud Pública y de Educación, Ciencia y Tecnología, podrán generar espacio o un seguimiento de la formación de los profesionales.

 

“Se trata de la posibilidad de las terapias, de validar y de que un médico convencional esté trabajando con un reikista o con un reflexólogo acompañando la recuperación de un paciente”, aportó. 

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Los diputados misioneros, en la XII sesión ordinaria del ciclo legislativo 2022, aprobaron el proyecto del legislador y titular de la Cámara Ing. Carlos Eduardo Rovira que establece un marco regulatorio para la Medicina Tradicional y Complementaria.

 

Este marco regulatorio está destinado al reconocimiento de las prácticas y terapias de Medicina Tradicional y Complementaria dentro del sistema de salud pública y es optativo para los pacientes que deciden iniciar con este tratamiento, utilizándose como complemento de la Medicina Convencional o Predominante.

 

La normativa sancionada establece claramente la definición de este tipo de medicina, son los saberes que se encuentran por fuera de lo convencional o predominante. Es decir, el conjunto de prácticas y terapias realizadas para prevenir, diagnosticar y tratar enfermedades, mantener o mejorar el estado de salud y el bienestar físico, mental y social de las personas, que se enseñan actualmente de manera preponderante en los establecimientos de enseñanza de medicina autorizados por el Estado.

 

Mientras que la medicina tradicional se refiere a la suma de conocimientos, capacidades y prácticas basadas en teorías, creencias y experiencias de origen ancestral y de uso antiguo y respetado en las comunidades a las que pertenecen.

La Medicina Complementaria, por su parte, es el amplio conjunto de prácticas y terapias de atención de la salud que no forman parte de la tradición ni de la medicina convencional de un país ni están totalmente integradas al sistema de salud predominante.

 

Algunos ejemplos de la Medicina Tradicional y Complementaria son la medicina tradicional china, el ayurveda, las medicinas tradicionales de los pueblos originarios, la medicina antroposófica, la naturopatía, la fitomedicina, la osteopatía, la reflexología, el reiki, yoga y el tai chi chuan, entre otras.

 

La flamante Ley incorpora las prácticas anteriormente descriptas dentro de la nómina de las prestaciones médicas a cargo del estado provincial y de la obra social de la provincia a fin de que sean reconocidas en el sistema de salud pública. Además, el texto legal garantiza el respeto por las pautas establecidas en la Organización Mundial de la Salud (OMS) respecto de la Medicina Tradicional de los Pueblos Originarios, integrando en el sistema de salud público a las personas que a nivel empírico realizan acciones de salud en las comunidades de los mencionados pueblos.

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