25/11/2024
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Empresario acusado de abusar de su hija en Posadas asegura que es inocente y que su expareja lo denunció sólo para hacerle daño

acusado de abusar de su hija en Posadas

Una mujer salió esta semana a difundir en varios medios de prensa una denuncia por un hecho aberrante: acusó a su exmarido de cometer abuso sexual contra la hija de ambos, de apenas 6 años. Tras ello, en comunicación con este medio, el acusado aseguró que es inocente e interpretó la denuncia como un intento de su exmujer, con quien tuvo una separación traumática, de provocarle daño.

Explicó que la denuncia no es nueva, aportó elementos probatorios que están incorporados al expediente de la causa y afirmó que su exconcubina se valió de diferentes artilugios para prolongar todo lo posible el esclarecimiento de los hechos, para impedirle probar su inocencia.

El acusado mostró elementos que figuran en el expediente y que refutan varios de los dichos formulados por la denunciante. Por ejemplo, en su testimonio dado a varios medios de prensa, la denunciante afirmó que la justicia no había fijado fecha para tomar testimonio a la menor en Cámara Gesell, pero en el expediente consta que la niña fue citada dos veces a declarar y en ambos casos su madre no la llevó a pesar de que había sido notificada y había confirmado que iría.

Entre las pruebas ofrecidas y que forman parte del expediente penal y de familia, se tienen presentes ambas citaciones en el domicilio de la madre de la menor, para que esta última sea entrevistada por un integrante del Cuerpo Médico Forense en Cámara Gesell.

El acusado también presentó una resolución del Cuerpo Médico Forense, con fecha 9 de noviembre del 2022, en la cual se plasma el resultado de un examen ginecológico a la menor, tras la denuncia por abuso sexual radicada por la madre de la niña, en contra del progenitor, cuyo resultado dio negativo para el delito mencionado.

En cuanto a ello, se citó a declarar a la niñera de la menor, quien acompañaba a la niña a casa del progenitor, cumpliendo con el régimen de visitas establecido. En sus dichos, la mujer expresó que ella siempre estaba en compañía de la nena y que jamás notó nada extraño o que le llamare la atención. “Yo nunca vi que el padre la ayude ni siquiera a ir al baño. Me sorprendió mucho la denuncia, porque yo estaba segundo a segundo con la nena”, dice textualmente la declaración.

Además, se refleja una serie de recibos de depósitos bancarios, en los cuales consta que el padre de la menor ha cumplido con la cuota alimentaria dispuesta por el Juzgado  de Familia N°2 de Posadas.

El acusado lamentó además que su expareja haya expuesto la identidad de la niña al dar entrevistas en medios de prensa, en las que aportó datos más que suficientes para que la menor pudiera ser identificada.

Sostuvo además que la denuncia por supuesto abuso se dio en el contexto de una separación traumática, y aseguró que la mujer lo hostiga desde la ruptura del concubinato para hacerle daño y aumentar la cuota alimentaria dispuesta por la Justicia.

Cámara Gesell

“Atento al estado de la presente causa, solicítese al Cuerpo Médico Forense la remisión del informe del examen ginecológico realizado a la menor P. A. L. en fecha 08/11/22. Asimismo, requiérase a la dependencia mencionada, turno para declaración mediante sistema de Cámara Gesell para la menor”, señala la primera providencia del Juzgado, a cuatro días de la denuncia radicada por la madre de la niña.

En diálogo con Misiones Online, la madre de la menor había afirmado que desde el Juzgado de Instrucción Uno, a cargo del magistrado Marcelo Cardozo, aún no se había ordenado la realización de una Cámara Gesell, pero del expediente surge que desde la Justicia se citó dos veces, en fechas diferentes, para que la niña sea entrevistada por un Cuerpo Médico Forense.

La denuncia por abuso sexual fue radicada el pasado 4 de noviembre. En fecha 29 de diciembre del mismo año, la secretaria del mencionado Juzgado de Instrucción Penal se comunicó con la madre de la niña, notificándole de la fecha y hora de la entrevista en Cámara Gesell.

Vía mensaje whatsapp, dice textual “Soy F. D. secretaria del Juzgado de Instrucción 1 de Posadas… Es para notificarle de la fecha y hora de la entrevista en Cámara Gesell que se realizará el día 04/01. Igualmente le llegará citación por medio de la policía, pero quería asegurarme de que la recibiera”. A lo que la denunciante respondió “… Buenísimo. Muchas gracias sisi era lo que más quería que salga la Cámara Gesell. Allí estaremos”.

El pasado miércoles 4 de enero, a las 8:11 horas, la misma persona se volvió a comunicar con la madre de la niña, recordándole la citación para la Cámara Gesell, en el Cuerpo Médico Forense, sobre avenida Leandro N. Alem 3417, casi Santa Catalina. A las 9:05, la secretaria del Juzgado la volvió a contactar vía whatsapp: “Sra, la estamos esperando junto a la menor en el Cuerpo Médico Forense”, sin respuesta alguna por parte de la receptora.

Dos días después, notificada previamente, la denunciante volvió a faltar junto a su hija a la citación del Cuerpo Médico Forense para la realización de la Cámara Gesell, justificando su incomparecencia y emitiendo un certificado médico de la menor con reposo por cinco días por síntoma gripal.

Tras ello, el juez fue recusado por el estudio de abogados que representa a la denunciante, lo que dilató la causa.

Exención de prisión

La defensa del acusado presentó una cédula de exención de prisión el 28 de diciembre del año pasado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas, bajo caución juratoria. Esa misma fecha, el fiscal en tuno emitió un dictamen.

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De conformidad a los antecedentes del incriminado y teniendo en cuenta la calificación de la conducta que se le atribuía – abuso sexual simple, artículo 119 CP – el Fiscal Antúnez Nerenberg estimó que el acusado no tratará de eludir la acción de la Justicia ni entorpecer la investigación.

Opinó que se podía conceder el beneficio solicitado bajo caución. Sin perjuicio a ello, a efectos de resguardar la integridad psicofísica de la denunciante, como de la menor, se dispongan medidas restrictivas.

Por ello, el juez Marcelo Cardozo dio lugar al beneficio presentado por la defensa del acusado, justificando que no habrá entorpecimiento del proceso y habiéndose acreditado el arraigo del mismo por lo cual no existe peligro de fuga.

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