Solo cuatro parejas se casarán hoy en Misiones, desafiando los mitos del martes 13
Hoy, martes 13 de agosto, cuatro parejas en toda la provincia de Misiones celebrarán su matrimonio. En Posadas la ceremonia de se llevará a cabo a las 18:00 horas en la Sala Única de Matrimonios de Posadas, ubicada en el cuarto tramo de la Costanera de la ciudad. Pero también habrá casamientos en Puerto Esperanza, Bonpland y El Alcázar.
La elección de la fecha no es común, ya que el martes 13 está asociado a una serie de creencias y mitos que perduran a lo largo del tiempo. Según la superstición, este día trae mala suerte, lo que lleva a muchas personas a evitar eventos importantes, como bodas, en esta fecha.
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El origen de estos mitos proviene de diferentes culturas. En la tradición cristiana, el número 13 se asocia con la última cena de Jesucristo, donde había 13 comensales, siendo Judas el traidor. Además, en la cultura popular, el martes está relacionado con el dios Marte, deidad de la guerra, lo que aumenta la creencia de que es un día desafortunado para emprender nuevos proyectos.
Sin embargo, estas parejas decidieron desafiar las supersticiones y celebrar su amor en esta fecha, según informó la directora del Registro Provincial de las Personas, Paula Echeverría.
En Argentina, los requisitos para contraer matrimonio civil son los siguientes:
- Edad mínima:
Los contrayentes deben tener al menos 18 años. Los menores de edad necesitan el consentimiento de sus padres o tutores para casarse.
- Capacidad legal:
Los contrayentes deben estar en pleno uso de sus facultades mentales. Las personas que hayan sido declaradas incapaces por la justicia no pueden contraer matrimonio.
- Estado civil:
Ambos contrayentes deben ser solteros, viudos o divorciados. En caso de ser divorciado o viudo, se debe presentar el acta de divorcio o defunción, según corresponda.
- Documento de identidad:
Es necesario presentar el DNI (Documento Nacional de Identidad) actualizado de ambos contrayentes.
- Testigos:
Se requieren dos testigos mayores de 18 años, que no sean familiares directos de los contrayentes. Los testigos también deben presentar su DNI.
- Trámite de solicitud:
Los contrayentes deben presentarse en el Registro Civil correspondiente para iniciar el trámite y reservar una fecha. Es importante hacerlo con anticipación, ya que en algunas localidades hay lista de espera.
- Certificado médico prenupcial (opcional en algunas provincias):
Aunque no es obligatorio en todas las jurisdicciones, en algunas provincias se solicita un certificado médico que acredite la salud de ambos contrayentes.
- Acta de nacimiento:
Debe presentarse una copia actualizada del acta de nacimiento de ambos contrayentes. En algunas provincias, este documento no es necesario si los datos están registrados en el sistema del Registro Civil.
- Constancia de domicilio:
Es necesario acreditar el domicilio de ambos contrayentes mediante un servicio a su nombre o una constancia emitida por la policía.
- En caso de extranjeros:
Los contrayentes extranjeros deben presentar un certificado de capacidad matrimonial emitido por su país de origen, que certifique que no tienen impedimentos para contraer matrimonio. Este documento debe estar apostillado y, en caso de no estar en español, traducido por un traductor público matriculado.
- Plazo de publicación de edictos:
En algunos casos, es necesario que los edictos matrimoniales se publiquen con un mínimo de 8 días de anticipación a la fecha del matrimonio.
Estos requisitos pueden variar ligeramente dependiendo de la provincia o jurisdicción en la que se realice el matrimonio, por lo que es recomendable verificar las especificaciones locales en el Registro Civil correspondiente.